TRANSPORTE
3 de febrero de 2026
¿CONTROLES SIN CONTROL?

La trampa de controlar mal a los vehiculos
Varios medios hicieron eco a la denuncia que un usuario realiza en su cuenta de Instagram alertando sobre una serie de irregularidades durante un control de velocidad móvil en la ruta 2.
En el video publicado por el usuario @hectormoreni, y que cuenta con más de 10 mil visualizaciones, se ve un cartel de máxima 60 y unos metros atrás un vehículo con la inscripción de Fiscalización Seguridad Vial del Ministerio de Transporte de la provincia de Buenos Aires.
El usuario acompañó el video con el texto: “Parece que hay que recaudar como sea. En plena recta de la ruta 2. Un cartel de máxima 60 y a escasos 60 metros los chicos malos tomándote la velocidad y haciendo multas. Po supuesto que el cartel verde los tapa cuando uno va circulando. Hermoso ¿verdad? ¿Quién los manda? Otra, ¿Para quién tienen que recaudar? Eso no es prevención. Eso es corrupción”
El punto más importante y fuera de la ley es la señalización del radar móvil. En Argentina, la normativa exige la cartelería preventiva indicando el control de velocidad 500 metros antes del aparato, sea fijo o móvil.
En provincia de Buenos Aires, en donde transcurre la “denuncia” del usuario, la señalización está establecida en el artículo 28 bis del Código de Tránsito provincial (Ley 13.927): “Cuando los instrumentos cinemómetros y/u otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, se colocaran en sectores donde las velocidades permitidas fueran inferiores a los límites máximos de velocidad fijados por el artículo 51 de la Ley 24.449, o la que en adelante la sustituya o complemente, deberá señalizarse verticalmente su existencia con una antelación mínima de quinientos (500) metros a la zona de alcance de los elementos de detección de infracciones del equipo de que se trate”.
También explicita que “la señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y deberá contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido” y establece que el incumplimiento de la señalización “hará que las actas de infracciones y/o fotomultas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago”.
Otro de los puntos que llamó la atención fue la titularidad del vehículo utilizado para realizar el control. El dominio AH092PJ demuestra que el vehículo pertenece a la empresa Tránsito Seguro y no al gobierno de la Provincia tal como lo indica su ploteo. Cabe destacar que dicha empresa ha firmado contratos con serias irregularidades con diversos municipios bonaerenses.
Es decir, que un control denunciado en redes por un usuario común, demuestra no una, si no varias cuestiones fuera de la ley, lo que abre a la pregunta ¿Controles sin control?
