Jueves 2 de Mayo de 2024

PERGAMINO

4 de septiembre de 2019

LA JUSTICIA PROHIBIÓ FUMIGACIONES EN CAMPOS POR LA CONTAMINACIÓN GENERADA

Fallo Histórico

El magistrado ordenó el "no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y Atrazina, Triticonazol, Metolaclor, Acetoclor, Clorpirifos, Glifosato, Imidacloprid, Desetil, 2.4D; y de los siguientes formulados comerciales ROUNDUP FULL II, ROUNDUP MAX II, ROUDUP ULTRAMAX.

El juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, ordenó la prohibición de fumigación de campos en Pergamino así como en las zonas urbanas a fijar un límite "restrictivo y de exclusión", tras conocer un informe sobre genotoxicidad producida por la actividad así como de envenenamiento del agua potable.

El juez aplicó un límite "restrictivo y de exclusión" de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas, y lo hizo en línea con el pedido que realizó el fiscal federal Matías Di Lello y las querellas del caso.

El magistrado ordenó el "no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos, mediante fumigaciones terrestres (mosquito, mochila, aspersores) o aéreas, como glifosato como principio activo o sales derivadas del mismo.

A esos se les agrega los siguientes plaguicidas: Atrazina, Triticonazol, Metolaclor, Acetoclor, Clorpirifos, Glifosato, Imidacloprid, Desetil, 2.4D; y de los siguientes formulados comerciales ROUNDUP FULL II, ROUNDUP MAX II, ROUDUP ULTRAMAX; en zonas urbanas y periurbanas".

También suspendió provisionalmente las autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y/o pulverizaciones.

Se incorporaron "elementos de prueba que dan cuenta de la gravedad que podría revestir la contaminación en estudio, donde a la fecha continúan las discusiones de por sí complejas sobre la calidad del agua que se consume en Pergamino y su posible toxicidad por contener diversos agroquímicos que incluso se ven potenciados por otros elementos en cuanto a su daño a la salud humana".

Por la contaminación generada a raíz de las fumigaciones, ya la Justicia había dispuesto prohibirlas en el barrio Santa Julia.

Para el fiscal Di Lello la situación ameritaba "directamente ampliar la zona de exclusión a toda la ciudad de Pergamino, a las distancias sugeridas por la querella y hasta tanto se cuente con los diversos informes y conclusiones probatorias que se encuentran en curso en la causa".

En su fallo, el juez Villafuerte Ruzo recordó que se han detectado "glifosato en sangre y orina de personas, con un incremento en los marcadores sanguíneos de daño cromosómico, sumado a los resultados de estudios de contaminación en barrios de esa región, que arrojaron un amplio cumulo de moléculas de plaguicidas en aguas y suelo, determinándose con posterioridad -según informaron algunos de los especialistas intervinientes en autos- que el agua (de red y pozos) no resultaba apta para consumo humano, circunstancia ésta que aún se encuentra en plena etapa de discusión"

"Las precauciones que se deben tomar en las franjas de niños y adultos en estado de vulnerabilidad por cercanías o exposición crónica a contaminantes, deben ser tomadas por las autoridades y por esta magistratura con un altísimo grado de responsabilidad y delicadeza, sabiendo que el derecho penal no repara los daños que eventualmente puedan ocasionarse", advirtió el Juzgado.

FUENTE: AGENCIA NA



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