Lunes 12 de Octubre de 2026

CRISIS ECONÓMICA

12 de octubre de 2026

GOBIERNO EN CRISIS, AHORA ARCA BUSCA DINERO EN LAS Y LOS CREADORES DE ONLYFANS

El organismo analiza los ingresos generados entre 2022 y 2024 a través de la plataforma de contenidos. El rol de las agencias intermediarias, el rastreo de transferencias internacionales y las vías de regularización impositiva.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) profundizó las inspecciones fiscales dirigidas a creadoras de contenido argentinas que operan en OnlyFans. A través de sistemas de monitoreo automático, el organismo realiza cruces de información entre cuentas bancarias, billeteras digitales internacionales (como Payoneer, Wise o Skrill) y transferencias bancarias para detectar fondos e ingresos no declarados correspondientes al período 2022-2024.El impacto de las agencias intermediarias.

La investigación puso de manifiesto la problemática vinculada a las agencias de representación que administraban perfiles, producían contenidos y gestionaban los cobros, reteniendo el porcentaje mayoritario de los ingresos.

Dado que la titularidad legal de los perfiles y cobros en OnlyFans recae exclusivamente en la persona a cuyo nombre está registrada la cuenta, la autoridad fiscal imputa el 100% de la facturación a la creadora. Frente al cierre o desaparición de varias de estas firmas intermediarias, las usuarias solo disponen de comprobantes informales o registros de chat para demostrar los montos que realmente percibieron.

Actualmente, el organismo emitió intimaciones que incluyen multas e intereses acumulados por montos superiores a los $150 millones de pesos, calculados sobre facturaciones estimadas que alcanzan hasta los US$ 300.000.Encuadre impositivo y esquema de regularización.

La generación de contenidos por suscripción para plataformas internacionales está catalogada tributariamente como una prestación y exportación de servicios digitales. Para mantener una situación fiscal regular, existen dos esquemas principales:

Monotributo: Destinado a quienes no superen los topes de facturación de las categorías vigentes. Requiere la emisión de Factura E (exenta de IVA) para declarar el ingreso de divisas.
Régimen General: Aplicable cuando las ganancias superan los límites del Monotributo, exigiendo la inscripción como Responsable Inscripto frente al Impuesto a las Ganancias y al IVA.

La omisión de las declaraciones o las discrepancias entre los montos bancarizados y lo informado ante el fisco pueden dar lugar a ajustes retroactivos, determinaciones de oficio y sanciones en el marco del régimen penal tributario.

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