Miércoles 29 de Julio de 2026

CULTURA Y ESPECTACULOS

1 de diciembre de 2020

VUELVEN LAS ACTIVIDADES TEATRALES Y MUSICALES A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Entre las normativas del protocolo se establece una limitación del 30% de aforo de la capacidad habitual permitida para todos los establecimientos en los que se desarrollen actividades relativas a las artes escénicas y a las artes musicales con asistencia de espectadores.

El Gobierno bonaerense autorizó este martes el desarrollo de actividades relativas a las artes escénicas y musicales con y sin asistencia de espectadores, que deberá sujetarse al estricto cumplimiento de los protocolos aprobados para tal fin con el objetivo de evitar contagios de coronavirus.

Lo hizo mediante la Resolución 136 publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, donde además se aprobó el “Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público”.

La normativa establece una limitación del 30% de aforo de la capacidad habitual permitida para todos los establecimientos en los que se desarrollen actividades relativas a las artes escénicas y a las artes musicales con asistencia de espectadores.

Determina, además, que la ventilación en espacios cerrados "deberá realizarse de manera natural, mediante la apertura de puertas y ventanas que garanticen la renovación del aire, en ningún caso estará permitida la ventilación mecánica de los espacios comunes con tránsito de personas".

A la vez, los titulares de cualquier establecimiento u organización que hagan uso de sus instalaciones, las cedan o las comercialicen con el objeto de desarrollar alguna de las actividades "deberán notificar dicha circunstancia al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, con una antelación no menor a cinco días previos a la realización de la actividad".

En los fundamentos de la medida se recordó que el "Decreto 976/2020 establece que el inicio y la continuidad de las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, artísticas y deportivas, quedará sujeto al cumplimiento de los protocolos que aprueben, en virtud de sus competencias, las diferentes jurisdicciones de la Provincia, previa intervención del Ministerio de Salud".

FUENTE - TELAM

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